9/4/21

El Gobierno actualiza el check in en los hoteles: permite soporte digital

"Establecer mecanismos, como la agilización de los procedimientos de check in en establecimientos de hostelería y otros análogos, que garanticen la seguridad de los ciudadanos y turistas que se alojen en los establecimientos del territorio nacional". Este es el objetivo de una nueva Orden decretada por el Gobierno según la cual se permitirá que se firmen los partes de entrada de viajeros en soporte digital o que los libros-registro sean conservados en ese formato. Según recuerda el Ejecutivo en la Orden que ha publicado hoy en Boletín Oficial del Estado (BOE), y que entrará en vigor en 20 días, hasta ahora la normativa actual no recogía esta posibilidad.

De este modo, en plena pandemia de COVID-19el Gobierno ha actualizado el procedimiento de check in que realizan los viajeros a su llegada a los establecimientos hoteleros o análogos en aras de reforzar la seguridad frente al virus de los ciudadanos y turistas que se alojen en territorio nacional.

La recepción de un establecimiento hotelero.

Según recuerda la Orden, firmada por el Ministerio del Interior, la Ley de protección de la seguridad ciudadana establece que cualquier persona física o jurídica que ejerza actividades relevantes para la seguridad ciudadana como las de hospedaje se encuentra sujeta a las obligaciones de registro documental e información.

De este modo, el Ejecutivo actualiza el modelo de impreso de partes de entrada, incluyendo información de utilidad para los establecimientos hoteleros y análogos, a fin de facilitar que implementen todas las medidas sanitarias. Estas modificaciones de los libros o sistemas de registro y la comunicación de los datos tratados, se adaptan a las prescripciones legales relativas al derecho de las personas a relacionarse con la administración a través de medios electrónicos

Según recoge el texto, cuando entre en vigor esta Orden, los partes de entrada de viajeros deberán ajustarse a este nuevo modelo y serán generados por los propios establecimientos. Estos "podrán cumplimentar los partes de entrada por procedimientos manuales o por procedimientos informáticos, pero el viajero deberá firmar dicho parte de manera inexcusable, pudiendo recogerse la firma en papel o en un soporte digital".

Una vez cumplimentado y firmado el impreso,quedará en el establecimiento a efectos de confección de un libro-registro en formato impreso o digital. Por un lado, los libros-registro en formato impreso se ordenarán de forma correlativa, constituyendo libros o cuadernos que integrarán un mínimo de 100 hojas y un máximo de 500.

Por su parte, los libros-registro en formato digital deberán ser compatibles con los medios electrónicos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, permitiendo un tratamiento seguro a fin de garantizar la fiabilidad de los datos, detalla la nueva normativa

El libro-registro del establecimiento debe estar a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, quedando los establecimientos obligados a exhibirlo cuando se les requiera. Precisamente, estos libros-registro deberán conservarse durante tres años, a contar desde la fecha de la última de las hojas registro que los integran, o, en su caso, desde la fecha de grabación de la información cuando se conserve por medios digitales.

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